Metodología para categorizar a los mamíferos de Argentina
Cephalorhynchus commersonii. Foto: Santiago Sainz Trápaga
Lic. Diego Varela
IBS–CONICET, Misiones
Elección de la metodología a emplear
Uno de los puntos cruciales en este proceso fue definir la metodología a utilizar para categorizar a los mamíferos de Argentina, lo cual fue sometido a varios intercambios en los talleres previos. En el Taller de especialistas realizado en Bahía Blanca (noviembre de 2017) se arribó a un consenso en este sentido. Por lo tanto, para la presente trabajo se siguieron las «Directrices de Categorizaciones Regionales» de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, 2003). Las mismas se detallan a continuación y los documentos originales pueden consultarse al final de este apartado.
Cambio de Categoría respecto de categorizaciones previas. Es importante aclarar que en esta instancia de trabajo, cuando se expresa que hubo un cambio de categoría respecto a la situación previa de la especie, esa situación se refiere a la última categorización de SAREM (Libro Rojo 2012) y no a la de la Resolución 1030/04, que es la categoría oficial vigente de Argentina. Esto se debe a dos razones: por un lado se buscó referenciar a la última clasificacón nacional realizada y por otra parte, a que la metodología de la Resolución no es comparable con la utilizada en este proceso. Por lo tanto, es en este sentido que se interpreta si un cambio de categoría fue genuino o no.
Por otra parte, las categorías obtenidas en este proceso serán, tras el tramite administrativo correspondiente, el insumo para establecer las categorías oficiales, siguiendo la homologación propuesta durante este proceso.
Categorías y Criterios de la UICN a nivel regional
Las «Categorías y Criterios de la Lista Roja» de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) fueron desarrollados para clasificar las especies en alto riesgo de extinción a nivel mundial, es decir, para su evaluación mundial.
Para los niveles regional, nacional y local las listas rojas surgieron para publicar un subconjunto inalterado de la Lista Roja global de la UICN de las especies que se reproducen en la región, o que visitan la región de manera regular en cualquier estadio, o para evaluar el riesgo de extinción de las especies, y publicar una Lista Roja solamente referida a esa región, como es el caso de la presente categorización.
En 1996 la UICN aprobó la resolución WCC Res. D. 1.25, en donde se expresaron formalmente el interés y la necesidad de elaborar las directrices a nivel regional. Luego de mucho trabajo y varios borradores las directrices regionales fueron adoptadas por la UICN y publicadas en 2003 (Versión 3.0: UICN 2003). Finalmente, luego de varias revisiones más, en 2012 fueron publicadas las nuevas directrices que hoy se están usando en todo el mundo (Versión 4.0: UICN 2012).
Pasos para las Categorizaciones Regionales
Las evaluaciones regionales deben ser llevadas a cabo en un proceso de tres pasos.
- En primer lugar (paso uno), los evaluadores deben determinar cuáles taxones y cuáles poblaciones regionales se deben evaluar.
- En la siguiente etapa se deben evaluar las poblaciones regionales para cada taxón de acuerdo con las Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN (UICN 2012) y se les debe asignar una categoría preliminar (paso dos).
- Por último, se debe considerar el efecto de poblaciones del mismo taxón en regiones aledañas sobre las poblaciones regionales y de esta forma disminuir o aumentar la categoría preliminar según sea lo apropiado (paso tres).
De esta forma, la categorización final reflejará el riesgo de extinción del taxón dentro de la región donde se está haciendo la evaluación, considerando todas las posibles interacciones con poblaciones por fuera de la región.
Definiciones de las Categorías
Las definiciones aquí presentadas provienen de los diferentes documentos de la UICN, ya que la gran mayoría de ellas vienen de las Categorizaciones Globales (UICN 2017) y el resto (No Aplicable y Extinto a Nivel Regional) son puntualmente extraídas de las Directrices Regionales (2012).
No Evaluado
Un taxón se considera No Evaluado (NE) cuando todavía no ha sido clasificado en relación a los criterios establecidos por la Lista Roja.
Hay que tener en cuenta que esta categoría (como también ocurre con la categoría Datos Insuficientes o DD) no estima el riesgo de extinción del taxón; por lo tanto estos taxones no deben tratarse como si no estuvieran amenazados.
No Aplicable
Categoría adjudicada a un taxón que se considera no reúne las condiciones para ser evaluado a nivel regional.
Un taxón puede ser NA porque no es una población silvestre o no se encuentra dentro del área de distribución natural en la región, o porque es errante en la región. También puede ser NA por encontrarse dentro de la región en número muy reducido, o el taxón puede ser clasificado en un nivel taxonómico menor (p.ej., por debajo del nivel de especie o subespecie) en lugar de ser considerado elegible por la autoridad de la Lista Roja regional.
A diferencia de otras categorías de la Lista Roja, no es una obligación utilizar NA para todos los taxones que se consideran en esta categoría, pero se recomienda para aquellos en que su utilización es informativa.
Datos Insuficientes
Un taxón se incluye en la categoría de Datos Insuficientes cuando no hay información adecuada para hacer una evaluación, directa o indirecta, de su riesgo de extinción basándose en la distribución y/o condición de la población.
Un taxón en esta categoría puede estar bien estudiado, y su biología ser bien conocida, pero carecer de los datos apropiados sobre su abundancia y/o distribución. Datos Insuficientes no es por lo tanto una categoría de amenaza.
Al incluir un taxón en esta categoría se indica que se requiere más información y se reconoce la posibilidad de que investigaciones futuras demuestren apropiada una clasificación de amenazada. Es importante hacer un uso efectivo de cualquier información disponible. En muchos casos habrá que tener mucho cuidado en elegir entre Datos Insuficientes y una condición de amenaza. Si se sospecha que la distribución de un taxón está relativamente circunscrita, y si ha transcurrido un período considerable de tiempo desde el último registro del taxón, la condición de amenazado puede estar bien justificada.
Preocupación Menor
Un taxón se considera de Preocupación Menor cuando, habiendo sido evaluado, no cumple ninguno de los criterios que definen las categoría de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazado. Se incluyen en esta categoría taxones abundantes y de amplia distribución. En definitiva, debe encontrarse próximo a cumplir las condiciones necesarias para ser clasificado en la categoría Vulnerable.
Por ejemplo, las estimaciones del tamaño poblacional o del hábitat deben aproximarse a los umbrales de la categoría Vulnerable, sobre todo si el grado de incertidumbre es elevado; o bien se deben cumplir algunos de los subcriterios.
Casi Amenazado
Un taxón está Casi Amenazado cuando ha sido evaluado según los criterios y no satisface, actualmente, los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable, pero está próximo a satisfacer los criterios, o posiblemente los satisfaga, en un futuro cercano.
Vulnerable
Un taxón es Vulnerable cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquier de los criterios «A» a «E» para Vulnerable y, por consiguiente, se considera que se está enfrentando a un riesgo de extinción alto en estado de vida silvestre.
En Peligro
Un taxón está En Peligro cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquier de los criterios «A» a «E» para En Peligro y, por consiguiente, se considera que se está enfrentando a un riesgo de extinción muy alto en estado de vida silvestre.
En Peligro Crítico
Un taxón está En Peligro Crítico cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los criterios «A» a «E» para En Peligro Crítico y, por consiguiente, se considera que se está enfrentando a un riesgo de extinción extremadamente alto en estado de vida silvestre.
Extinto a Nivel Regional
Categoría para un taxón cuando no hay una duda razonable de que el último individuo capaz de reproducirse en la región ha muerto o desaparecido de la naturaleza en la región; o, en caso de ser un antiguo taxón visitante, el último individuo ha muerto o desaparecido de la naturaleza en la región.
La fijación de cualquier límite de tiempo para su inclusión en la lista como RE es dejada a la discreción de la autoridad de la Lista Roja regional, pero en ningún caso debe ser una fecha anterior a 1.500 d.C.
Extinto en Estado Silvestre
Un taxón está Extinto en Estado Silvestre cuando solo sobrevive en cultivo, en cautividad o como población (o poblaciones) naturalizadas completamente fuera de su distribución original.
Se presume que un taxón está Extinto en Estado Silvestre cuando la realización de prospecciones exhaustivas de sus hábitats, conocidos y/o esperados, en los momentos apropiados (diarios, estacionales, anuales), y a lo largo de su área de distribución histórica, no ha podido detectar un solo individuo. Las prospecciones deberán ser realizadas en períodos de tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxón.
Extinto
Un taxón está Extinto cuando no queda ninguna duda razonable de que el último individuo existente ha muerto.
Se presume que un taxón está Extinto cuando la realización de prospecciones exhaustivas de sus hábitats, conocidos y/o esperados, en los momentos apropiados (diarios, estacionales, anuales), y a lo largo de su área de distribución histórica, no ha podido detectar un solo individuo. Las prospecciones deberán ser realizadas en períodos de tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxón.
Criterios utilizados para evaluar a una especie para la Lista Roja de UICN
A continuación se presenta un resumen de los cinco criterios (A–E) utilizados para evaluar la pertenencia de una especie a una de las categorías de amenaza (En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable) de la Lista Roja de UICN.
El uso de este resumen requiere la comprensión plena de las Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN (UICN 2012) y de las Directrices para el uso de las Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN (UICN 2017). Por favor, consulte ambos documentos para obtener una explicación de los términos y conceptos usados aquí.
Bibliografía
UICN. 2003. Directrices para emplear los criterios de la Lista Roja de la UICN a nivel regional: Versión 3.0. Comisión de Supervivencia de Especies de la UICN. UICN, Gland, Suiza y Cambridge, Reino Unido.
UICN. 2012. Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN: Versión 3.1. Segunda edición. Gland, Suiza y Cambridge, Reino Unido: UICN.
UICN. 2017. Directrices de uso de las Categorías y Criterios de la Lista Roja de la UICN: Versión 13. Gland, Suiza y Cambridge, Reino Unido: UICN.